Invalidez del contrato social

Hay acciones que están prohibidas, todo el resto no. Hay determinadas cosas que no podés hacer porque te obligaste a obedecer en un "contrato social" que se te impuso para salvaguardarte del mal inevitable de tus pares, o eso dice la historia que te mandan a saber... Dicen que en nuestro estado de naturaleza reina el de más músculos, que sabemos vivir en un estado de lucha constante y que por eso nos tenemos que "civilizar".

CIVILIZAR
(De civil).
1. tr. Elevar el nivel cultural de sociedades poco adelantadas. .
2. tr. Mejorar la formación y comportamiento de personas o grupos sociales. 

CIVIL
1. adj. ciudadano (perteneciente a la ciudad o a los ciudadanos).
2. adj. Sociable, urbano, atento.
3. adj. Der. Perteneciente o relativo a las relaciones e intereses privados en orden al estado de las personas, régimen de la familia, sucesiones, condición de los bienes, contratos y responsabilidad por daños.  
4. adj. Der. Se dice de las autoridades laicas y de sus funciones, en oposición a las de la Iglesia, como también por contraste con las propias de la organización militar.


Eso dice la RAE (1) -a quién le vamos a dar peso de juez en este litigio enmascarádamente no linguistico-, y quién no repara en mencionar al homo homini lupus (2)  ni a Rousseau (3) en su definición... Y quien nos define a nosotros, en tanto todo ser humano es persona (conforme art primero de la Convencion Americana de derechos humanos) y toda persona tiene Nacionalidad (en tanto conforma uno de los atributos de su personalidad (4)) razón por la cual pertenece a un país con ciudad que le otorga el caracer de ser social... Conforme las leyes y el diccionario, claro está.

Así, en un sonata de obligaciones también limitaron tus derechos, puesto que todo existe con su opuesto (por amambivalencia nata), y te dejaron lo que no prohibieron y te venden lo que vas a querer comprar. Así, y de una manera bastante turbia, muchos acaudalados idearon un sistema para acaudalar más a través de una moneda de intercambio -billete- que es mundialmente aceptada, y resulta la paradoja de que es mundialmente aceptada, justamente, porque es mundialmente aceptada...




 Pero para que exista contrato debe haber voluntad (conforme art 1137 del Código Civil Argentino (5)), y para que exista voluntan debe haber discernimiento, intención y libertad (conf art 277 del CC (6)) Ahora yo les pregunto ¿Dónde estaba mi discernimiento cuando me anotaron en mi carnet de identidad? ¿Qué libertad se me dio (y da) para que lo que me ocurre sea una elección? ¿Dónde les grito que mi intención es no firmar?

En lo que a mi respecta, el contrato social es tan real como la posibilidad de que funcione la democracia de la vieja Atenas en el mundo de hoy, y si tengo en cuenta que los vampiros sólo mueren con una cruz en el corazón, entiendo que existen porque alguien ya había inventado la religión, y así entiendo que Hobbes (2), tal vez se equivocó y sólo sea cuestión de volver a empezar para mejorar, sólo cuestión de terminar con la mentira de la atadura social que planteó Rousseau, propagar eso de la educación y abolir la delegación de facultades de autodeterminación, ver que Séneca tenía razón y que "el hombre es algo sagrado para el hombre", sólo volver a reformular, sólo darnos cuenta que el único lobo que acecha al hombre es el miedo por el lobo del hombre...


(1) Real Academi Española
(2) Homo homini lupus es una locución latina de uso actual que significa ‘el hombre es el lobo del hombre’ o ‘el hombre es un lobo para el hombre". Se cita con frecuencia cuando se hace referencia a los horrores de los que es capaz la humanidad para consigo misma. Esta locución fue creada por Plauto (254-184 a.c) en su obra Asinaria, donde dice: "lobo es el hombre para el hombre, y no hombre, cuando desconoce quién es el otro".  Fue popularizada por Thomas Hobbes, filósofo inglés del siglo XVII, quién la adaptó en su obra Leviatán. Se puede interpretar que en su escrito, Hobbes da por básico el egoísmo en el comportamiento humano, aunque la sociedad intenta corregir tal comportamiento favoreciendo la convivencia. 
(3) Las ideas políticas de Rousseau influyeron en gran medida en la Revolución francesa, el desarrollo de las teorías republicanas y el crecimiento del nacionalismo. Su herencia de pensador radical y revolucionario está probablemente mejor expresada en sus dos frases más célebres, una contenida en El contrato social: «El hombre nace libre, pero en todos lados está encadenado»; la otra, presente en su Emilio, o De la educación: «El hombre es bueno por naturaleza», de ahí parte su idea de la posibilidad de la educación.
(4) Los atributos de la personalidad, en derecho, son aquellas propiedades o características de identidad propias de las personas físicas o jurídicas en tanto que titulares de derechos. Estos son: nombre, domicilio, nacionalidad, estado civil y patrimonio.
(5) Art. 1137  CC.:Hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaración de voluntad común, destinada a reglar sus derechos.

(6) Art. 277 CC.: “Los actos voluntarios previstos en este Código son los que ejecutados con discernimiento, intención y libertad determinan una adquisición, modificación o extinción de derechos. Los que no reuniesen tales requisitos, no producirán por sí efecto alguno”.